Lo primero que tenemos que pensar es que crear una empresa, no es un proceso complicado, es simplemente seguir procedimientos que en su conjunto darán lugar a tener una empresa que no sólo esté constituída, sinó que tenga un propósito y un objetivo y que una vez finalizado el proceso, podamos entrar en operación.

Existen varias razones sociales que se pueden utilizar para la creación de una empresa, consideremos usaremos la que más se ajuste a nuestros intereses o al objeto de nuestro negocio. Después de ello podremos constituir nuestra empresa según la elección que hagamos. En este punto recomendamos investigar y tener conocimiento, ya que si el trámite lo hacemos nosotros o lo hace alguien más, es mejor estar informados.

La reserva de nombre es el paso previo a la constitución de una empresa o sociedad. No es un trámite obligatorio pero sí recomendable para facilitar la inscripción de la empresa o sociedad en el Registro de Personas Jurídicas de la Sunarp. Durante la calificación de la Reserva de Nombre, el registrador público tiene que verificar si existe alguna igualdad o coincidencia con otro nombre, denominación, completa o abreviada, o razón social de una empresa o sociedad preexistente o que esté gozando de la preferencia registral.

La reserva de nombre es el paso previo a la constitución de una empresa o sociedad. No es un trámite obligatorio pero sí recomendable para facilitar la inscripción de la empresa o sociedad en el Registro de Personas Jurídicas de la Sunarp. Durante la calificación de la Reserva de Nombre, el registrador público tiene que verificar si existe alguna igualdad o coincidencia con otro nombre, denominación, completa o abreviada, o razón social de una empresa o sociedad preexistente o que esté gozando de la preferencia registral.

La Minuta es el contrato social de la empresa. Deberá contener la información detallada de la empresa que se va a establecer (Identificación de Socios Fundadores, Objeto Social, Estatuto, descripción de los cargos de los directivos. La Minuta deberá ser firmada por un abogado.

A través de este documento el titular de la empresa o los miembros de la sociedad manifiestan su voluntad de constituir la persona jurídica. El acto constitutivo consta del pacto social y los estatutos. Asimismo, se nombra a los primeros administradores, de acuerdo a las características de la persona jurídica.

Podrá aportarse dinero, el cual se acreditará con el documento expedido por una entidad del sistema financiero nacional; o bienes (inmuebles o muebles, en estos últimos se entienden los derechos de crédito) los que se acreditarán con la inscripción de la transferencia a favor de la empresa o sociedad, con la indicación de la transferencia en la escritura pública o con el informe de valorización detallado y el criterio empleado para su valuación, según sea el caso.

Una vez redactado el acto constitutivo, es necesario llevarlo a una notaría para que un notario público lo revise y lo eleve a Escritura Pública. De esta manera se generará la Escritura Pública de constitución. Este documento debe estar firmado y sellado por el notario y tener la firma del titular o los socios, incluidos los cónyuges de ser el caso. El costo y el tiempo del trámite dependerán de la notaría que elija.

La Minuta se presenta ante el Notario Público quien la elevará a Escritura Pública y preparará a los documentos para la inscripción ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP).

 Ya sea en el Registro de Sociedades, para las sociedades anónimas cerradas, abiertas, sociedad comercial de responsabilidad limitada; o en el Registro de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. En la Sunarp obtendrá un asiento registral de inscripción de la empresa o sociedad como persona jurídica. Este procedimiento normalmente es realizado por el notario. El plazo de calificación es de 24 horas desde la presentación del título. Recuerda que la Persona Jurídica existe a partir de su inscripción en los Registros Públicos.

Inscripción ante SUNARP:

  1. Formulario otorgado por SUNARP
  2. Pago por Derecho de Trámite
  3. Documentos otorgados por Notario

En muchos de los casos se solicita la creación de una cuenta corriente en una institución bancaria. Este trámite en la actualidad es importante porque muchas transacciones en la actualidad son bancarizadas.

Se obtiene ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), órgano administrador de tributos en el Perú. Requisitos:

  • Testimonio de Constitución Social, debidamente inscrito ante SUNARP
  • Recibo de agua o luz del domicilio fiscal, el cual es el domicilio establecido para efectos tributarios
  • Formulario de solicitud de inscripción de RUC de la SUNAT
  • Documento de identidad en original del representante legal
  • Título de propiedad o contrato de alquiler del lugar donde realizará su actividad comercial

6.1 Apertura y Legislación de los Libros de Sociedad y Libros Contables. Requisitos:

  • Copia de Formulario de RUC
  • Libro a legalizar.
  • Pago por Derecho de Trámite

6.2 Autorización del Libro de Planillas ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Link del Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo: www.mintra.gob.pe

  • Solicitud de autorización por Libro de Planillas o Libro de hojas sueltas debidamente numeradas
  • Copia de RUC
  • Nombre o Razón Social del Empleador
  • Nombre del Representante Legal y N° de DNI
  • Dirección del centro de trabajo(s)
  • Pago por derecho de trámite

6.3 Obtención de Licencia Municipal de Funcionamiento (en la Municipalidad respectiva)

6.3.1 División de Licencias

Licencia de Funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales, servicios y servicios profesionales. (Ley N° 27972)

6.3.2 Solicitud

6.3.3 Certificado de Zonificación y Compatibilidad uso

  • Solicitud – Formato
  • Croquis
  • Pago por derecho de trámite

6.3.4 Información favorable de Defensa Civil

Inspección Técnica de Seguridad incluye Certificado de Seguridad (INFORME FAVORABLE) para locales dedicados a giros: Comerciales, Industriales y otros giros. Requisito; Solicitud dirigida al Alcalde

Certificado de Conformidad de Establecimiento otorgado por División de Catastro y Autorizaciones Municipales (Certificado Catastral Base Legal Ley 27972). Requisitos:

Solicitud dirigida al Alcalde
Copia Literal de dominio o copia del Título de propiedad
Plano de Ubicación y perimétrico firmado por profesional responsable
Pago por derecho de trámite

Pago por derecho de trámite

6.3.5 Copia del Registro Único de Contribuyente (RUC)

6.3.6 Copia del Documento de Identidad del interesado o del Representante Legal de ser el caso

6.3.7 Título de propiedad o contrato de alquiler del lugar donde se realizará su actividad comercial

6.3.8 Copia simple de Escritura de Constitución de la persona Jurídica de ser el caso

6.3.9 Copia de la autorización y/o certificación del sector correspondiente si fuera el caso